PEDRO ROBLES
Natural de Espanillo, fueron sus padres Andrés de Robles y María Galván. Tuvo cuatro hermanos; Isidro, Santiago, Domingo y Fernando. Siendo la única familia con el privilegio de nobleza de la localidad en todos los tiempos (que sepamos). En 1790 Pedro se obliga para sí y todos sus herederos con un censo de 100 ducados de plata. En favor del Santísimo Cristo de la Vera Cruz, en el lugar de Fresnedo. En su ermita, sobre el que fundó D. José Pérez, presbítero y rector de la iglesia parroquial de San Pedro de Roda, obispado de Vic y principado de Cataluña. El cual era alquitar (redimible) con un importe de 1785 rls de vellón y cuyos réditos 33 rls. Los cobraba anualmente el capellán o administrador de la citada ermita.
11 oct 2025
PEDRO DE ROBLES, VECINO DE ESPANILLO, FUNDA UN CENSO A FAVOR DEL SS CRISTO DE LA VERA CRUZ DE FRESNEDO
Para poder satisfacer esas rentas, hipoteca varias fincas en esta fundación. Dos tierras linares de dos cuartales de sembraduria y dos prados que hacen tres carros de yerba.
Clausulas de la fundación;
- Que la persona que se designara para pagar los réditos de la fundación, reciba 400 mrs de sueldo por el desplazamiento a Fresnedo.
- Que los citados bienes tiene que estar bien cuidados por sus dueños y herederos. Y no ir a menos, so pena de multa del administrador.
- Que los citados bienes no pueden separarse entre sus descendientes, ni tampoco, venderse y cambiar. Teniendo que estar siempre al servicio de la dicha fundación.
- Que estos bienes no se pueden agregar a otra capellanía ni mayorazgo.
- Que una vez que Yo fallezca, y no estuviera redimido el censo. Mis herederos tengan la obligación a su costa de entregar copia del resguardo al administrador, así como sus réditos. Haciendo apremio este, si fuera necesario.
- Que tanto Yo como fundador, mis herederos y deudores, queramos redimir dicho censo o su mitad lo podamos hacer a nuestra elección. Pagando dos meses de cuota. Y si el administrador no quisiera recibirlos, sean depositados ante la justicia ordinaria.
- Que por el presente hipoteco estos mis bienes en favor de Santísimo Cristo de Fresnedo y su administrador. Otorgándole todo el poder necesario para su custodia y administración.
Esta institución seglar, se desamortizó en 1866/67
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